Resoluciones de Alcaldía

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 1479-2014-A/MPMN

 
ARTÍCULO PRIMERO: RECONOCER en calidad de DEUDA la obligación pendiente, correspondiente al Periodo Fiscal 2011, del Proyecto "ASFALTADO CARRETERA CUCHUMBAYA - CALACOA, TRAMO III VÍA DE INTEGRACiÓN KM. 40+000 AL 60+000, PROVINCIA DE MARISCAL NIETO, REGIÓN MOQUEGUA", deuda contraida a favor de:
 
 

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 1478-2014-A/MPMN

 
PRIMERO.- ACLARAR EN VÍA DE RECTIFICACIÓN el Tercer Considerando de la Resolución de Alcaldía N° 0336-2014-A/MPMN, de fecha 21 de Abril del 2014, de acuerdo al detalle aclaratorio que aparece en el Cuarto Considerando de la presente Resolución,
 
 

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 1477-2014-A/MPMN

 
Artículo 1° RECONOCER Y AUTORIZAR, el pago por concepto de Reconocimiento de Deuda correspondiente al Aguinaldo por Navidad del 2013, por el monto de S/. 958.00, a favor de la administrada INES LUISA NINA COPACATI; pago que se ará efectivo con el presupuesto del periodo fiscal 2014;
 
 

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 1473-2014-A/MPMN

 
ARTÍCULO PRIMERO: RECONOCER la DEUDA de la obligación pendiente, por el monto de S/. 37,232.00, (Treinta y Siete Mil Doscientos Treinta y Dos con 00/100 Nuevos Soles), correspondiente al periodo 2013, deuda contraida a favor de CORPORACIÓN HELEO SAC, Conforme a los considerandos expuestos en la presente resolución.
 
 

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 1472-2014-A/MPMN

 
ARTÍCULO PRIMERO: RECONOCER la DEUDA de la obligación pendiente, por el monto de S/. 38,124.00, (Treinta y Ocho Mil Ciento veinte cuatro con 00/100 Nuevos Soles), la O/C. N° 000595-I, correspondiente al periodo 2013, deuda contraida a favor de CORPORACIÓN HELEO SAC, Conforme a los considerandos expuestos en la presente resolución.
 
 

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 1471-2014-A/MPMN

 
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR INFUNDADO el recurso de apelación presentado por VIRGINIA MAMANI DAMASCO contra la Carta N° 157-2014-SGPBS/GA/GM/MPMN de fecha 23 de Setiembre del 2014 y RATIFICAR la Carta N° 157-2014-SGPBS/GA/GM/MPMN de fecha 23 de Setiembre del 2014. en todos sus extremos.
 
 

 

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 1470-2014-A/MPMN

 
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR INFUNDADO el Recurso de Apelación presentado por STEAVE ROYSI CARBAJAL COLQUE, registrado con Expediente de Trámite Documentario. N° 020757, en contra de la Resolución de Gerencia N° 0913-2014-GDUAAT-GM/MPMN, de fecha 17 de Junio del 2014.
 
 

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 1468-2014-A/MPMN

 
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR el Plan de Trabajo "SEGUIMIENTO, EVALUACIÓN y FOCALIZACIÓN DE HOGARES PARA EL II SEMESTRE", con un presupuesto que asciende a S/. 30,472.00 (Treinta Mil Cuatrocientos Setenta y Dos con 00/100 Nuevos Soles); los cuales serán afectados a Recursos Determinados del Plan de Incentivos Municipales con cargo a la secuencia funcional 057. Cuenta con dos (02) actuados y Un file.
 
 

 

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 1467-2014-A/MPMN

 
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR el Plan de Trabajo denominado. "Expedición de Licencias de Funcionamiento en un Plazo Menor a 10 días, Modificación y Publicación del TUPA, para el II Semestre", el mismo que forma parte del presente acto resolutivo, con un plazo de ejecución de 60 días calendarios y cuyo presupuesto estará afectado conforme al siguiente detalle:
 
 

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 1466-2014-A/MPMN

 
ARTÍCULO PRIMERO:APERTURAR Proceso Administrativo Disciplinario en contra de: CPCC. VICTORIA ELIFONSA QUISPE DE ROJAS, en su condición de Sub Gerente de Logística y Servicios Generales, CPCC. YOBANA MAGDALENA CERVANTES ZAPATA, en su condición de ex Sub Gerente de Logística y Servicios Generales e Ing. WALTER MANUEL HUACHO ROMERO, en su condición de Jefe de la Unidad Operativa de Servicio de Maquinaria y Equipos en el caso sub examine, al haber actuado contraviniendo sus deberes, obligaciones y prohibiciones previstas en el inciso d) del artículo 3° y a), b) y d) del artículo 21".- Obligaciones de los servidores, de la Ley de Bases de la Carrea Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por Decreto Legislativo N° 276, que dispone: "a) Cumplir personal y diligentemente los deberes que impone el servicio público; b) Salvaguardar los intereses del Estado y emplear austeramente los recursos públicos; d) Conocer exhaustivamente las labores de su cargo..."; asícomo lo dispuesto en el artículo 127°, del Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM, que señala: "Los funcionarios y servidores se conducirán con (...) eficiencia en el desempeño de los cargos asignados (...)"; y el artículo 132°, del precitado reglamento, que dispone: "Los funcionarios y servidores permanentemente deberán aplicar (...) las técnicas, la norma y los procedimientos inherentes a la función que desempeñan"; y del Ing. JOHAN BRUCE VILCHEZ ZEBALLOS Gerente General del IVPM, al haber actuado contraviniendola Ley del Código de Ética de la Función Pública, en lo prescrito en sus Artículos 6°, 7° Y 8º, así como lo dispuesto en los artículos 6º Se considera infracción a la Ley y al presente Reglamento, la trasgresión de los principios, deberes, obligaciones y prohibiciones establecidos en los artículos 6, 7 y 8 de la Ley, generándose responsabilidad pasible de sanción conforme lo dispone el inciso 1 del artículo 10 de la misma; y 7º La calificación de la gravedad de la infracción es atribución de la Comisión de Procedimientos Administrativos Disciplinarios de la entidad de la Administración Pública que corresponda; establecido en su Reglamento Aprobado mediante Decreto Supremo Nro. 0332-2005-PCM.
 
 

 

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