ARTÍCULO PRIMERO: RECONOCER la DEUDA de la obligación pendiente, por el monto de S/. 2,400.00 (DOS MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 NUEVOS SOLES) correspondiente al mes de Mayo 2012, deuda contraída o favor de la Abog. NERI MIDEA TOLEDO CUAYLA. Conforme o los considerandos expuestos precedentemente, monto que se afectará a la siguiente fuente de financiamiento: