ARTÍCULO PRIMERO.- RECONOCER, en calidad de DEUDA DEVENGADA la obligación pendiente por el monto de S/. 1.300.00 (Mil trescientos nuevos soles y 00/100 nuevos soles) correspondiente al periodo 2013, a favor de JOSÉ LUIS JUAREZ DÍAZ, conforme a los considerandos expuestos precedentemente, suma que se afectara a la siguiente fuente de financiamiento: