08
Feb
2022
RESOLUCIÓN DE GERENCIA N° 50-2022-GDUAAT/GM/MPMN
PRIMERO.- En virtud de lo dispuesto en los artículos 24, 25 y 26 del Decreto Supremo N° 0048510, establecera la Municipalidades Provinciales contratarán el cumplimiento de los compromisos asumidos por los adjudicatarios, debiendo declararl a caducidad o macisidóe nl a adjudicación y la reversión asu favor del terrano adjudicado en saso de incumplimiento, sin obligación de devolelv eprerci o FOCIDIdO. Las causales de caducidad o rescisión de la adjudicación del terreno y su reversión al dominio del Municipio entre ellas: tl Bog ememiecin pi de las obras de habilitación y/o edificación fijado en la Resolución de adjudicación (….); así mismo una declarada la caducidad y reversión los registros Públicos por el mérito de la correspondiente Resolución y a requerimiento de la edad Provincial cancelaran Pri respectivos, si los hubiera a nombre de terceros, procediendo a inscribir el dominio de las E os mts or nicipalida
