SISFOH

¿Qué es el SISFOH?

En el Perú se ha establecido la focalización como política nacional a fin de asegurar la asignación de los subsidios a la población vulnerable por parte de los programas sociales con la finalidad de mejorar la equidad y calidad de gastos social en el País (Decreto Supremo 130-EF-2004).

Para la implementación de esta política se implementó el SISFOH, mediante Resolución Ministerial N° 399-2004-PCM, con el propósito de identificar y seleccionar a los hogares con mayor vulnerabilidad según criterios socioeconómicos, los cuales son potencialmente elegibles para recibir subsidios por parte de los Programas Sociales.

El propósito del Sistema de Focalización es contribuir con la eficacia de los programas sociales. Las evidencias a nivel nacional e internacional permiten afirmar que los programas sociales mejor focalizados y que utilizan los incentivos adecuados obtienen los mejores resultados.

Los incentivos indican que, si el incentivo se dirige hacia los más pobres, estos pueden acceder más pronto sus indicadores al de los no pobres.

Para lograr que los incentivos en los más pobres sean eficaces, tenemos que empezar por aumentar la cobertura de los más pobres, es decir, lograr que estos tengan prioridad en el acceso a los beneficios de los programas sociales.

Para que la focalización sea efectiva es necesario separar funciones: por un lado, el sistema de focalización debe proveer un padrón de potenciales usuarios y, por el otro, el programa social debe seleccionar a los beneficiarios de dicho padrón.

Para garantizar este proceso de focalización para una adecuada superación de la pobreza y promoción de la inclusión y equidad social en los gobiernos locales se han establecido diferentes normas que a continuación se detalla:

  1. Ley 29792 – “Ley de Creación del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social” donde se determina su ámbito, competencias, funciones, estructura orgánica básica; asimismo, se estableció que el sector de Desarrollo e Inclusión Social, comprende a todas las entidades del estado, en los tres niveles de gobierno vinculados con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, la inclusión y la equidad.
  2. Ley 29733 – “Ley de Protección de datos personales”, tiene el objeto de garantizar el derecho fundamental a la protección de los datos personales, previsto en el artículo 2 numeral 6 de la Constitución Política del Perú, a través de su adecuado tratamiento, en un marco de respeto de los demás derechos fundamentales que en ella se reconocen.
  3. Resolución Ministerial N° 399-2004-PCM – “Creación del Sistema de Focalización de Hogares SISFOH”, con el propósito de proveer a los programas sociales información que será utilizada para identificación y selección de sus beneficiarios, así como facilitar a la Comisión Interministerial de Asuntos Sociales - CIAS la ejecución, seguimiento y evaluación del cumplimiento de la Política Social.
  4. Ley 29951 – “Ley del Presupuesto del sector público para el año fiscal 2013” dispuso que la Unidad Central de Focalización, a cargo de la operación del Sistema de Focalización de Hogares, se encuentra bajo el ámbito de la Dirección General de Gestión de Usuarios del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con carácter permanente, correspondiéndole a dicha unidad, generar y administrar la información del Padrón General de Hogares bajo estándares de calidad, seguridad y confidencialidad.
  5.  Ley 30435 – “Ley que crea el Sistema Nacional de Focalización (SINAFO)”.  La presente Ley tiene como objeto crear el Sistema Nacional de Focalización (SINAFO) y establecer los principios, alcances, organización, ámbito, procesos, procedimientos, infracción y sanciones que lo regulan; y especifica los integrantes del Sistema y sus funciones en concordancia con la Política Social y en articulación con el Sistema Nacional de Desarrollo e Inclusión Social (SINADIS).

Programas Sociales

El Programa Nacional de Asistencia Solidaria, Pensión 65, se creó el 19 de octubre del 2011 mediante Decreto Supremo N° 081 – 2011-PCM, con la finalidad de otorgar protección a los adultos a partir de los 65 años de edad que carezcan de las condiciones básicas para su subsistencia.

Los adultos mayores extremos pobres eran marginales para la sociedad, invisibles para el Estado.  Pensión 65 surge como una respuesta del Estado ante la necesidad de brindar protección a un sector especialmente vulnerable de la población, y les entrega una subvención económica de 250 soles bimensuales por persona y con este beneficio contribuye a que ellos y ellas tengan la seguridad de que sus necesidades básicas serán atendidas, que sean revalorados por su familia y su comunidad, y contribuye también a dinamizar pequeños mercados y ferias locales.

Constituido sobre la base del Piloto de Asistencia Solidaria “Gratitud” Pensión 65 se encuentra adscrito desde el 1° de enero de 2012, al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, MIDIS, Ente Rector del Sistema de Desarrollo e Inclusión Social, encargado de diseñar, coordinar y conducir las políticas y estrategias encaminadas a reducir la pobreza y vulnerabilidad de diversos sectores poblacionales, con el propósito de cerrar brechas de desigualdad.

El marco estratégico de Pensión 65 se alinea para el corto plazo y mediano plazo a los ejes temporales establecidos en la Estrategia Nacional de Desarrollo e Inclusión Social “Incluir para Crecer”, y a la Visión y Misión del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, así como al Plan Operativo Institucional (POI) y al Presupuesto asignado mediante Ley de Presupuesto Público para el año fiscal.

Así, Pensión 65 se enmarca dentro del modelo de inclusión social propuesto por el MIDIS, en los ejes temporales de corto y mediano plazo, con la finalidad de brindar a sus usuarios un servicio integral.

Se inicia implementando estrategias de corto plazo orientadas al alivio temporal de la pobreza y reducción de la vulnerabilidad, y en forma gradual irá implementando estrategias orientadas a la generación de oportunidades principalmente las relacionadas con el acceso a los servicios básicos. Pensión 65 forma parte del conjunto de programas sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, MIDIS.

El Seguro Integral de Salud (SIS), es un Organismo Público Ejecutor (OPE), del Ministerio de Salud, que tiene como finalidad proteger la salud de los peruanos que no cuentan con un seguro de salud, priorizando la afiliación de aquella población más vulnerable y que se encuentra en situación de pobreza o pobreza extrema. Para el Aseguramiento Universal en Salud, el SIS es una IAFAS, es decir, administra los fondos destinados a cubrir las siguientes afiliaciones: SIS GRATUITO: Es aquella afiliación destinada para cubrir a la población más vulnerable (pobreza y extrema pobreza). SIS INDEPENDIENTE: Es aquella afiliación para aquellas personas que trabajan de forma independiente. En este caso el Estado cubre un porcentaje para la cobertura. SIS MICROEMPRESAS: Es aquella afiliación para los trabajadores de una microempresa. En todos los casos las personas que deseen afiliarse al SIS, deben estar calificadas como elegibles en el Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH)

 

Beca 18 es uno de los programas del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo (PRONABEC), enmarcado en las estrategias implementadas de forma nacional por el Gobierno y el Ministerio de Educación (Minedu) con el objetivo de garantizar igualdad de posibilidades en el acceso a la educación superior de los jóvenes peruanos.

Esta modalidad de beca se dedica a financiar estudios de pregrado en centros educativos, públicos o privados y nacionales o extranjeros, a todos los jóvenes con alto rendimiento académico con escasos recursos económicos.

Desde PRONABEC se busca ofrecer un apoyo integral para garantizar la correcta culminación de los estudios universitarios. Los jóvenes podrán insertarse de mejor forma en el mercado laboral y así contribuir al bienestar familiar y nacional.

Durante el 2016, el programa ofreció 5 mil nuevas becas a estudiantes para cursar sus estudios en universidades o institutos técnicos de gran prestigio. Algunos de los beneficios que ofrece esta beca, son el financiamiento de la matrícula, pensión de estudios, seguro médico, materiales de estudio, movilidad local, alimentación, alojamiento, entre otras.

Para acceder a esta convocatoria, se requiere cumplir con algunas condiciones generales como:

  • Ser peruano
  • Acreditar alto rendimiento académico.
  • Haber terminado la secundaria en los últimos 3 años.
  • Tener como máximo 22 años al momento de postular.
  • Haber estudiado la secundaria en un colegio en el Perú.
  • Haber ingresado a la universidad o instituto elegible en una carrera elegible-
  • Inscribirse en línea cargando todos los documentos solicitados.
  • Encontrarse en situación de pobreza extrema según el reporte oficial del Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH).

FONDO DE INCLUSIÓN SOCIAL ENERGÉTICO (FISE)
El Fondo de Inclusión Social Energético (FISE) se crea con la Ley N° 29852 en abril del año 2012, con el propósito de llevar energía menos contaminante a poblaciones más vulnerables en todo el país. En la actualidad tiene cuatro fines:

  • La masificación del gas natural para viviendas y vehículos.
  • La ampliación de la frontera energética utilizando energías renovables.
  • La promoción para el acceso al GLP (balones de gas doméstico) en los sectores vulnerables urbanos y rurales.
  • El mecanismo de compensación de la tarifa eléctrica residencial.

Recursos del FISE
Los recursos económicos del FISE provienen de:

  • Los grandes consumidores de electricidad.
  • El servicio de transporte de gas natural (Gas de Camisea).
  • La producción e importación de combustibles.

Con lo recaudado el FISE puede llevar a cabo la ejecución de sus cuatro fines a través de diversos proyectos energéticos establecidos por el Ministerio de Energía y Minas, en beneficio de más peruanos.

Si eres un Aportante, te invitamos a ingresar a la sección Aportantes del FISE en donde encontrarás más información detallada.

Beneficiarios

El fondo está dirigido a personas que pertenecen al sector vulnerable del Perú, ya sea en el sector rural o rural-urbano.

Cada uno de los tres fines del FISE poseerá un perfil específico de beneficiario. Es decir, los requisitos para recibir el beneficio en la masificación de gas natural pueden ser muy distintos a los que se establezcan en la ampliación de frontera energética.
 

Requisitos

  • DNI
  • Recibo de Luz
  • Recibo de Agua

 

Padrón Pension 65

Beneficiarios Pensión 65 (Enero-Febrero) 2019

Beneficiarios Pensión 65 (Enero-Febrero)

 

 

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  • Calle Ancash 275 Moquegua Perú
  • Fono: 053-507583 (Central Telefónica)
  • Email: munimoq@munimoquegua.gob.pe
  • RUC: 20154469941
  • SEGURIDAD CIUDADANA
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  • GESTIÓN DE RIESGO DE DESASTRES
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Ubícanos

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