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CONCEJO MUNICIPAL APRUEBA POR UNANIMIDAD ORDENANZAS QUE FORTALECEN CLAUSURA DE LOCALES INFORMALES

En sesión extraordinaria de concejo municipal, realizada el miércoles 25 de marzo, la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto aprobó por unanimidad importantes modificaciones normativas orientadas a reforzar la fiscalización y sanción de establecimientos informales que operan sin licencia de funcionamiento.

Durante la sesión, se aprobó la Ordenanza Municipal que modifica los artículos 4 y 5 de la Ordenanza Municipal N.° 002-2016, así como la modificación de la Ordenanza Municipal N.° 017-2016-MPMN, mediante la incorporación del Código 214-A al Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas y Escala de Multas.

𝗖𝗟𝗔𝗨𝗦𝗨𝗥𝗔 𝗠𝗔́𝗦 𝗘𝗙𝗘𝗖𝗧𝗜𝗩𝗔 𝗬 𝗦𝗜𝗡 𝗣𝗢𝗦𝗜𝗕𝗜𝗟𝗜𝗗𝗔𝗗 𝗗𝗘 𝗥𝗘𝗔𝗣𝗘𝗥𝗧𝗨𝗥𝗔

Con la modificación de la Ordenanza N.° 002-2016, la municipalidad fortalece el procedimiento de clausura, permitiendo acciones más firmes frente a locales reincidentes. Entre las principales medidas destacan:

• Decomiso total de bienes, como bebidas alcohólicas, mobiliario y equipos de sonido.

• Clausura física reforzada, que incluye soldadura de puertas, tapiado de accesos, colocación de bloques de concreto y uso de herramientas de cerrajería.

• Colocación de carteles de clausura y vigilancia por personal de serenazgo, para asegurar el cumplimiento de la medida.

Estas disposiciones permitirán impedir que los establecimientos clausurados continúen operando de manera ilegal, recuperando el principio de autoridad.

𝗠𝗨𝗟𝗧𝗔 𝗗𝗘𝗟 𝟮𝟬𝟬% 𝗗𝗘 𝗟𝗔 𝗨𝗜𝗧 𝗬 𝗥𝗘𝗦𝗣𝗢𝗡𝗦𝗔𝗕𝗜𝗟𝗜𝗗𝗔𝗗 𝗣𝗔𝗥𝗔 𝗣𝗥𝗢𝗣𝗜𝗘𝗧𝗔𝗥𝗜𝗢𝗦

Como parte de los acuerdos adoptados, se aprobó también la modificación de la Ordenanza Municipal N.° 017-2016-MPMN, incorporando el Código 214-A, el cual establece una sanción económica equivalente al 200% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para este tipo de infracciones.

Asimismo, se incorpora la figura de responsabilidad solidaria del propietario del inmueble, quien también será sancionado administrativamente si permite el funcionamiento de establecimientos informales en su predio.

𝗖𝗢𝗡𝗧𝗥𝗢𝗟 𝗗𝗘𝗟 𝗗𝗘𝗖𝗢𝗠𝗜𝗦𝗢 𝗬 𝗗𝗘𝗦𝗧𝗜𝗡𝗢 𝗗𝗘 𝗕𝗜𝗘𝗡𝗘𝗦

La normativa también regula el procedimiento de decomiso, estableciendo:

Elaboración de inventarios y actas de incautación.

Custodia de los bienes hasta por un plazo máximo de 90 días.

Devolución solo si se acredita la propiedad y se cumplen las sanciones.

Destrucción de productos ilegales o sin registro sanitario, y disposición mediante subasta pública en otros casos.

Ambas propuestas fueron aprobadas por unanimidad, reflejando la voluntad política del alcalde provincial y el concejo municipal para enfrentar una problemática que afecta la seguridad, el orden y la convivencia ciudadana.

Finalmente, se anunció que, tras la publicación oficial de las ordenanzas, se ejecutarán operativos de fiscalización y campañas de difusión masiva, con el objetivo de informar a la población y garantizar el cumplimiento de estas nuevas disposiciones.

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