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30
Jun
2015
CONVENIO INTERINSTITUCIONAL ESPECIFICOENTRE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL MARISCAL NIETO – MOQUEGUA» y LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAMEGUA.
ClAUSULA PRIMERA.- De acuerdo a lo dispuesto en inciso c) del artículo 4° del Decreto Supremo N° 034-2008-MTC, son autoridades competente, los Gobiernos Locales, a través de las municipalidades provinciales y distritales, para la gestión de la infraestructura de la Red Vial Vecinal o Rural; razón por la que la MUNICIPALIDAD DISTRITAL,requiere el financiamiento de la Actividad de «Mantenimiento de la Infraestructura Vial del Distrito de Samegua», en coparticipación con la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL lA MUNICIPALIDAD PROVINCIALY LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL,son Órganos de Gobierno, promotores del desarrollo local, con personas jurídica de Derecho Público Interno, con autonomía Política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia cuya finalidad es promover e impulsar el desarrollo socio económico y sostenido de sus respectivas jurisdicciones, revalorando sus patrones culturales e impulsando las obras de Infraestructura básica, mejorando el ornato y la calidad de vida de la población y promoviendo la participación de la inversión privada. Para tal efecto promueven la participación como aliados estratégicos, para el desarrollo de un trabajo coordinado, constante y de mutuo acuerdo.