DISPONER el Embanderamiento General del Distrito de Moquegua, en todos los inmuebles del distrito, tanto en viviendas, locales comerciales e instituciones públicas y privadas, disposicion que entra en vigencia a partir de la publicacion del presente Decreto al 31 de julio del presente ano, como acto civico al Conmemorarse el Bicentenario de la Independencia del Peru.