ARTÍCULO PRIMERO: RECONOCER en calidad de DEUDA DEVENGADA la obligación pendiente, por el monto total de S/. 3,873.00 Nuevos Soles (Tres mil ochocientos setenta y tres con 00/100 nuevos soles), a favor de la Empresa D’PIERO JOSHUA E.I.R.L, conforme a los considerandos expuestos precedentemente, monto que se afectará a la siguiente fuente de financiamiento: