Artículo 10._ RECONOCER Y AUTORIZAR al Señor YSMAEL LAYME MAQUERA, obrero nombrado de la MPMN, el pago de subsidio por fallecimiento de familiar directo (Cónyuge), por ia suma de S/. 3,680.92 Nuevos Soles (SON: TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y 92/100 NUEVOS SOLES), previo los aportes y descuentos de Ley, por la muerte de su Cónyuge Teófila María Janampa Mamani.