ARTÍCULO PRIMERO: RECONOCER en calidad de DEUDA DEVENGADA la obligación pendiente, por el monto total de S/. 14,602.50 Nuevos Soles a favor de FELlCIANO DE PUMA TEODOSA MARÍA PAULA, representante del CONSORCIO CORPORACIÓN PUMA, conforme a los considerandos expuestos precedentemente, monto que se afectará a la siguiente fuente de financiamiento: