RESOLUCION DE ALCALDIA N° 1110-2015-A-MPMN
RESOLVER la Orden de Compra N° 04472-2014, para la ejecución de la «Adquisición de Liquido RC-250 en Cilindros de 55 galones (Puesto en Obra» para el Proyecto «Asfaltado de la Carretera Cuchumbaya – Calacoa, Tramo III Vía de la Integración Km 40+000 al Km 60+000 Provincia Mariscal Nieto — Región Moquegua»; la Orden de Compra N° 04672-2014 para la ejecución de la «Adquisición de Emulsión Asfáltica Catiónica de Rotula Lenta Modificada con Polímeros CC-1HP» para el Proyecto «Asfaltado de la Carretera Cuchumbaya – Calacoa, Tramo III Vía de la Integración Km 40+000 al Km 60+000 Provincia Mariscal Nieto — Región Moquegua»; y la Orden de Compra N° 04673-2014 para la ejecución de la «Adquisición de Emulsión Asfáltica Catiónica de Rotula Lenta Modificada con Polímeros CC-1HP» para el Proyecto «Asfaltado de la Carretera Cuchumbaya – Calacoa, Tramo III Vía de la Integración Km 40+000 al Km 60+000 Provincia Mariscal Nieto — Región Moquegua», entre la Entidad Municipal y la Empresa FECSOL RENT A CAR S.A.C. debidamente representado por la Sra. Noemí Cárdenas Osorio, por la causal de «incumplimiento injustificado de las obligaciones contractuales, legales o reglamentarias a su cargo, pese a haber sido requerido para ello», estipulada en el numeral 1) del artículo 168° del RLCE en concordancia con el inciso c) del artículo 40°, de la LCE y conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.