25
Feb
2015
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 116-2015-A/MPMN
ARTICULO PRIMERO.- Declarar IMPROCEDENTE, la Solicitud del Silencio Administrativo Positivo presentado porel Sr. Pastor Flores Chávez, en calidad de representante la Empresade Transporte Flores Hermanos S.R.L., por no estar dentro de los parámetros del artículo 3° de la Ley Nº 29060, Ley del Silencio Administrativo y que respecto al otorgamiento de la licencia de funcionamiento no es factible a raíz de que el predio de la empresa en mención está ubicado en la Urbanización Los Olivos Mza A Lote1 que se encuentra en el proyecto de Habilitación Urbana de dicho sector en la que fue aprobada para fines de uso residencial, según Norma TH010, las habilitaciones para uso de vivienda o de urbanizaciones conformadas por lotes para fines de edificación para viviendas unifamiliares.
