ARTICULO PRIMERO.- CONCEDER a don Guillermo Mamani Chambilla, Licencia sin Goce de Haber, por el lapso de noventa días (90), a partir del 22 de abril 2015 hasta 20 de julio 20 I5, debiendo en consecuencia, suspenderse la relación laboral del trabajador en razón a los fundamentos expuestos en la parte considerativa.