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30
Oct
2023
RESOLUCIÓN DE GERENCIA N° 237-2023-GDUAAT/GM/MPMN
PRIMERO.- Que, el considerando número 15, señala que mediante Decreto Supremo N* 017-2009-MTC-RENAT, Que la acción de control viene a ser la intervención que realiza la autoridad competente a través de sus inspectores de transporte o través de entidades certificadoras, que tiene por objeto verificar el cumplimiento de las disposiciones del presente reglamento, normas complementarias, resoluciones de autorización y condiciones del servicio prestado, en ese entender se debe tener en cuenta que el personal que laboran como inspectores de transportes deben estar debidamente capacitados y conocer el reglamento en mencion, como para poder aplicarlo o colocar una acta de control, ya que el mismo RENAT, señala en su artículo 69 inc. 69.3 En el servicio de transporte de ámbito provincial, la tarjeta Única de circulación será decomisada tambien en caso que el transportista se encuentre prestando servicio con una tarjeta vencida, salvo que ello se encuentre permitido por una determinación de la autoridad competente, y si nos percatamos y revisamos el anexo 1 de la Tabla de incumplimiento de las Condiciones de Acceso y Permanancia y sus consecuencias, se puede apreciar que la infraccion que se debio colocar es una C.1b.