20
Oct
2021
RESOLUCIÓN DE GERENCIA N°363-2021-GDUAAT/GM/MPMN
PRIMERO.- En tal sentido, el numeral 51 del Artículo 51 del TU.O de la Ley N° 27444, “Ley del Procedimiento Administrativo Genera” aprobado por D’S N° 004-2019-JUS, establece que Todas las declaraciones juradas, los documentos sucedáneos presentados y la información incluida en los escritos y formularios que presenten los administrados para la realización de procedimientos administrativos, se presumen verificados por quien hace uso de ellos, respecto a su propia situación, así como de contenido veraz para fines administrativos, [ )’ concordante con el Principio de Presunción de Veracidad ( ).
