RESOLUCION DE ALCALDIA N° 499 -2015-A-MPMN
ARTICULO PRIMERO.- DEJAR. sin efecto la Resolución de Alcaldía N° 005-2015-A/MPMN, a
partir de la vigencia de la presente resolución.
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la ficha Técnica denominada
"MANTENIMIENTO DEL PARQUE DE LA ASOCIACION MICAELA BASTIDAS DEL CENTRO POBLADO DE
SAN ANTONIO"; por el monto de SI. 105,621.90 Nuevos Soles el mismo que se ejecutara por Administración
Directa, cuyo expediente forma parte de la presente Resolución y cuenta con (01) file de (146) Folios y un
CD.
ARTICULO PRIMERO.- RECONOCER Y AUTORIZAR el pago por concepto de Vacaciones Truncas, a favor del Sr. Jorge Enrique Vera Alvarado, correspondiente al periodo del 2014, de haber laborado como Inspector de Transporte de la Sub Gerencia de Transportes y Seguridad Vial, en la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto y por el importe total de S/. 747.50 Nuevos Soles, autorizándose su cancelación en el presente Ejercicio Presupuestal, cuya afectación deberá de realizarse de acuerdo al siguiente detalle:
ARTICULO PRIMERO.- APROBAR los montos máximos para la contratación de funcionarios
de libre nombramiento y remoción, empleados de confianza y directivos de la Municipalidad Provincial de
Mariscal Nieto, bajo el Régimen Laboral Especial de Contratos Administrativos de Servicios (CAS); en
forma progresiva a partir del mes de mayo del 2015
ARTICULO PRIMERO,- DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de nulidad que
unipersonalmente hace el Secretario General del Sindicato de Trabajadores Municipales de Moquegua Base Empleados
(SITRAMUN-MOQ-BE) en contra de la Resolución de Alcaldía N° 323-2015-A-MPMN, en el que se Conforma la Comisión
Negociadora del Pliego de Reclamos 2015, presentada por el Sindicato de Trabajadores Municipales Base Empleados
11 de la Municipalidad Provincial Mariscal Nieto SITRAM - Moquegua.
ARTICULO PRIMERO.- DECLARAR IMPROCEDENTE, el Recurso de Nulidad
interpuesto por el CONSORCIO HOSPITALARIO MOQUEGUA, con fecha 09 ABR 2015 en el
Expediente N° 012994, por no encontrarse contemplado dicho recurso impugnativo en el
artículo 207 de la ley 27444 ley del Procedimiento Administrativo General.