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27
Sep
2021
RESOLUCIÓN DE GERENCIA N°287-2021-GDUAAT/GM/MPMN
De acuerdo al numeral 213.2 del Artículo 213” del TUO de la Ley N* 27444 — Ley de Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo N* 004-2019-JUS, se debe declarar la NULIDAD DE OFICIO de la Resolución de Sub Gerencia N* 1122-2020-SGTSV-GDUAAT/GM/MPMMN, toda vez que se habría vulnerado el debido procedimiento, incurriendo en causal de nulidad prevista en el numeral 1 del Artículo 10* del TUO de la LPAG, en atención a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.