ARTÍCULO PRIMERO.- DISPONER el reinicio del Servicio de Taxis (M1) en forma gradual durante los días Lunes a Sábado en el horario de 04:00 am hasta las 21:00 horas, el día domingo no habrá servicio de Taxis (M1), para ello las Unidades Vehiculares (Taxis) deben cumplir los protocolos sanitarios para la prevención del COVID-19 emitidos por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, asimismo los transportistas para contar con la autorización de reinicio, deben pasar la prueba rápida del COVID-19, garantizando la protección de la vida y salud de las personas.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER se suspenda temporalmente el Servicio de Transporte Urbano (M2-Combis) y del Servicio Interurbano (M1 y M2 – Taxis Colectivos y Combis) en el ámbito del Distrito de Moquegua, Distrito de Samegua, Distrito de Torata, Distrito de Carumas, Distrito de Cuchumbaya y el Distrito de San Cristobal – Calacoa, su reinicio está sujeto a la presentación de los expedientes y cumplimiento de protocolos sanitarios emitidos por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para el caso del Transporte Interurbano se invitará a los representantes de los distritos para la evaluación del reinicio del servicio, verificación y cumplimiento de los protocolos sanitarios.