IMPONER, la sanción de 60 días calendario de suspensión sin goce de remuneraciones al servidor JESÚS GERARDO CHARRES MIRANDA Por la comisión de la falta de carácter disciplinario tipificada en el literal d) del artículo 85° de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.